Estados Unidos sanciona a red venezolana e iraní por cooperación militar con Irán

Banderas de Venezuela e Irán. Fotografía: Página web Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas

Guacamaya, 30 de diciembre de 2025. La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos anunció la designación de diez personas y entidades con sede en Venezuela e Irán, a las que acusa de participar en la proliferación de vehículos aéreos no tripulados (UAV), componentes para misiles balísticos y otras capacidades militares iraníes, en el marco de la reimposición de sanciones de Naciones Unidas contra Teherán en 2025.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), dependiente del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, anunció una nueva ronda de sanciones dirigidas contra diez personas y entidades con sede en Venezuela e Irán, entre ellas una empresa venezolana señalada por facilitar el comercio de vehículos aéreos no tripulados (UAV) de diseño iraní hacia Venezuela.

Según el Tesoro estadounidense, estas medidas buscan responsabilizar a ambos países por lo que describe como una proliferación “agresiva e imprudente” de armas letales. En palabras del subsecretario del Tesoro para Terrorismo e Inteligencia Financiera, John K. Hurley, Washington continuará actuando “con rapidez para impedir que quienes facilitan el acceso del complejo militar-industrial iraní al sistema financiero estadounidense” puedan operar sin restricciones.

Marco general de las sanciones

La decisión se inscribe en la continuidad de designaciones de no proliferación emitidas por el Departamento del Tesoro en octubre y noviembre, y está vinculada a la reimposición de sanciones y otras restricciones de Naciones Unidas contra Irán, efectiva desde el 27 de septiembre de 2025. De acuerdo con Estados Unidos, los programas iraníes de UAV y misiles representan una amenaza para el personal estadounidense y sus aliados en Oriente Medio, además de contribuir a la inestabilidad de la navegación comercial en el mar Rojo según Washington.

El Tesoro sostiene asimismo que el suministro continuo de armas convencionales por parte de Irán a Caracas constituye una amenaza para los intereses estadounidenses en el hemisferio occidental, incluyendo su propio territorio nacional, y afirma que utilizará todos los instrumentos a su alcance para obstaculizar este tipo de intercambios.

Estas acciones se adoptan en cumplimiento del Memorándum Presidencial de Seguridad Nacional n.º 2, que instruye al gobierno estadounidense a restringir el programa de misiles balísticos iraní, contrarrestar el desarrollo de otras capacidades de armas asimétricas y convencionales, impedir que Irán obtenga un arma nuclear y negar al Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica (CGRI) el acceso a activos y recursos que respalden sus actividades consideradas desestabilizadoras. La OFAC actúa bajo la autoridad de la Orden Ejecutiva 13382, dirigida contra proliferadores de armas de destrucción masiva y sus facilitadores, y de la Orden Ejecutiva 13949, enfocada en personas y bienes vinculados a actividades de armas convencionales de Irán.

Empresa venezolana vinculada a drones iraníes

Entre las designaciones figura la Empresa Aeronáutica Nacional S.A. (EANSA), con sede en Venezuela, y su presidente, José Jesús Urdaneta González, residente en ese país. Según la OFAC, desde 2006 Irán y Venezuela han coordinado el suministro de vehículos aéreos no tripulados de la serie Mohajer, producidos por Qods Aviation Industries (QAI), que en Venezuela fueron rebautizados como UAV de la serie ANSU.

EANSA mantiene y supervisa el ensamblaje de estos sistemas en territorio venezolano y ha negociado directamente con QAI, contribuyendo a la venta de UAV Mohajer-6 por un valor de varios millones de dólares. El Mohajer-6 es un UAV de combate con capacidades de inteligencia, vigilancia y reconocimiento, fabricado por QAI. La empresa venezolana también participó en el ensamblaje de aeronaves vendidas por QAI a Venezuela.

De acuerdo con el Tesoro estadounidense, EANSA mantiene UAV operados por las Fuerzas Armadas de Venezuela, incluidos modelos iraníes Mohajer-2, conocidos localmente como Arpia o ANSU-100. Este último es descrito como una versión actualizada y armada del Arpia-001, derivado directo del Mohajer-2, y considerado el primer UAV producido en Venezuela. El ANSU-100 es capaz de lanzar bombas aire-tierra guiadas Qaem, de diseño iraní.

Urdaneta, en representación de EANSA, habría coordinado con miembros y representantes de las fuerzas armadas venezolanas e iraníes la producción de UAV en Venezuela. Por estos motivos, EANSA fue designada conforme a la Orden Ejecutiva 13949 por haber proporcionado apoyo financiero, material o tecnológico a QAI o en su beneficio, mientras que Urdaneta fue designado por actuar en nombre de la empresa.

Cabe recordar que en octubre de 2023 la OFAC ya había designado a Qods Aviation Industries, conforme a la Orden Ejecutiva 13949, por ser propiedad o estar bajo el control del Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas de Irán (MODAFL), o por actuar en su nombre. A su vez, el Departamento de Estado designó al MODAFL en septiembre de 2020 por su participación en actividades que contribuyen al suministro y transferencia de armas y material relacionado.

Red iraní de adquisición de insumos para misiles

La OFAC también anunció la designación de tres personas radicadas en Irán por su participación en la adquisición de sustancias químicas utilizadas en programas de misiles balísticos, incluyendo perclorato de sodio, ácido sebácico y nitrocelulosa, destinadas a Parchin Chemical Industries (PCI). Esta empresa forma parte de la Organización de Industrias de Defensa de Irán (DIO) y es responsable de la importación y exportación de productos químicos.

El perclorato de sodio se utiliza para fabricar perclorato de amonio, una sustancia controlada por el Régimen de Control de Tecnología de Misiles (RCTM), empleada en motores de cohetes de propulsante sólido, comúnmente usados en misiles balísticos. El ácido sebácico sirve para producir resinas y plastificantes, algunos de los cuales también están controlados por el RCTM, mientras que la nitrocelulosa se utiliza para mejorar el rendimiento de motores de cohetes de propulsante sólido.

PCI fue designada por la OFAC en julio de 2008 conforme a la Orden Ejecutiva 13382, y DIO fue designada por el Departamento de Estado en marzo de 2007 bajo la misma autoridad. Ambas entidades están además sujetas a congelación de activos en virtud de las resoluciones 1737 y 1747 del Consejo de Seguridad de la ONU.

Entre los individuos señalados se encuentra Mostafa Rostami Sani, con sede en Irán, acusado de adquirir decenas de toneladas métricas de perclorato de sodio para PCI, en coordinación con Marco Klinge, Majid Dolatkhah y la empresa MVM Amici Trading LLC. Rostami Sani también habría facilitado la adquisición de ácido sebácico y nitrocelulosa, actuando como enlace entre PCI y los otros intermediarios.

Klinge y Dolatkhah fueron designados por la OFAC el 12 de noviembre de 2025 conforme a la Orden Ejecutiva 13382 por brindar apoyo material y financiero a PCI, mientras que MVM Amici Trading LLC fue designada por ser propiedad o estar bajo el control de Klinge.

Rostami Sani preside el consejo de administración de Pardisan Rezvan Shargh International Private Joint Stock Company, con sede en Irán, de la cual fue director general fundador. Reza Zarepour Taraghi, también con sede en Irán, es el director general de la empresa y miembro de su consejo de administración. Rostami Sani fue designado conforme a la Orden Ejecutiva 13382 por apoyar a PCI, mientras que Pardisan Rezvan Shargh y Zarepour Taraghi fueron designados por actuar bajo su propiedad o control.

Empresas de alta tecnología y vínculos con el CGRI

La OFAC anunció igualmente la designación de dos entidades y tres personas con sede en Irán por sus vínculos con Rayan Fan Kav Andish Co (RFKA), también conocida como Rayan Fan Group, una sociedad holding designada por Estados Unidos que agrupa empresas del sector de sistemas de alta tecnología. RFKA es propietaria de Rayan Roshd Afzar Company (RRA), señalada por producir componentes para el programa de UAV del CGRI y software para su programa aeroespacial.

RFKA es accionista principal de Fanavari Electro Moj Mobin Company, con sede en Irán, y está representada por Mohsen Parsajam como presidente y miembro de su consejo de administración. Seyyed Reza Ghasemi y Farshad Hakemzadeh, también designados previamente por Estados Unidos, forman parte del consejo, junto con Bahram Rezaei, director general de Fanavari.

RFKA fue designada en mayo de 2024 conforme a la Orden Ejecutiva 13382 por estar bajo el control de Parsajam. RRA había sido designada ya en julio de 2017 por apoyar al CGRI, y en esa ocasión también fueron designados Parsajam, Ghasemi y Hakemzadeh. Fanavari fue ahora designada por actuar bajo la propiedad o control de RFKA, y Rezaei por actuar en nombre de Fanavari.

Rezaei es además accionista mayoritario y presidente del consejo de Kavoshgaran Asman Moj Ghadir Company (KAMG), con sede en Irán. Erfan Qaysari es su director general y Mehdi Ghaffari su vicepresidente. KAMG fue designada conforme a la Orden Ejecutiva 13382 por estar bajo el control de Rezaei, mientras que Qaysari y Ghaffari fueron designados por actuar en nombre de la empresa.

Efectos legales de las designaciones

Como resultado de estas medidas, todos los bienes e intereses en bienes de las personas y entidades designadas que se encuentren en Estados Unidos o bajo control de ciudadanos estadounidenses quedan bloqueados y deben ser reportados a la OFAC. Asimismo, cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, en un 50 % o más, de una o más personas bloqueadas, también queda sujeta a bloqueo.

Salvo autorización expresa mediante licencias generales o específicas, o exenciones, la normativa de la OFAC prohíbe en general todas las transacciones realizadas por ciudadanos estadounidenses o dentro del territorio estadounidense que involucren bienes o intereses de personas bloqueadas. El incumplimiento puede dar lugar a sanciones civiles o penales, aplicables tanto a ciudadanos estadounidenses como extranjeros, y la OFAC puede imponer sanciones civiles basadas en un régimen de responsabilidad objetiva.

Además, la participación en ciertas transacciones con las personas designadas puede conllevar la imposición de sanciones secundarias a instituciones financieras extranjeras, incluyendo la prohibición o imposición de condiciones estrictas para mantener cuentas corresponsales o de transferencia de fondos en Estados Unidos.

El régimen de sanciones de la ONU reimpuesto a Irán en 2025

La reimposición de sanciones de Naciones Unidas contra Irán en 2025 se enmarca en los mecanismos previstos por el Consejo de Seguridad para responder a incumplimientos relacionados con programas de misiles, proliferación de armamento y actividades sensibles desde el punto de vista de la no proliferación. Estas sanciones restablecen restricciones multilaterales que incluyen embargos sobre armas convencionales, limitaciones a la transferencia de tecnologías de misiles y UAV, congelación de activos de entidades e individuos vinculados al sector de defensa iraní, y mayores controles financieros y comerciales. A diferencia de sanciones unilaterales, el régimen de la ONU tiene carácter vinculante para todos los Estados miembros, obligándolos a ajustar su legislación y sus políticas nacionales para impedir transferencias, financiamiento o asistencia técnica que puedan contribuir a los programas militares y de misiles de Irán. En la práctica, este marco refuerza la cooperación internacional en materia de control de exportaciones, supervisión financiera y aplicación de medidas punitivas, y sirve de base para acciones adicionales adoptadas por países como Estados Unidos en sus propios regímenes sancionatorios. 

Es importante destacar que todo esto ocurre mientras Estados Unidos ejecuta un bloqueo naval en las costas venezolanas y las tensiones con Irán en Oriente Próximo se han incrementado de manera importante en este 2025.

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