Corte Constitucional de Colombia admitió demanda contra zona binacional con Venezuela

Palacio de Justicia en Colombia, ubicado al norte de Bogotá, donde, además de la Corte Constitucional, desarrolla sus funciones la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura. Fotografía: Elías Rovielo / Flickr

Guacamaya, 28 de agosto de 2025. La Corte Constitucional de Colombia admitió una «demanda de inconstitucionalidad» contra la creación de la Zona Económica Especial Binacional con Venezuela. El recurso, interpuesto por el ciudadano David Jacobo Gómez Zamora, cuestiona la legalidad el memorando de entendimiento firmado el pasado 17 de julio por los presidentes Gustavo Petro y Nicolás Maduro.

El argumento de la demanda se basa en que el acuerdo para la llamada «Zona de Paz, Unión y Desarrollo Binacional» debería ser considerado como un tratado internacional que requiere de aprobación previa del Congreso colombiano. Asimismo, la solicitud sostiene que «la implementación del acuerdo podría acarrear efectos concretos y nocivos para la soberanía nacional y los derechos colectivos».

En consecuencia, el tribunal ordenó «decretar la práctica» de pruebas sobre el caso, entre las que solicitan al Gobierno colombiano copia del memorándum y detalles sobre las personas invoucradas en su negociación y firma. Entre las entidades señaladas se encuentran la Presidencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Ministerio de Defensa Nacional.

El acuerdo binacional tiene como finalidad impulsar el crecimiento y la expansión de sectores como el comercio, la industria, el turismo y el transporte, en beneficio de las poblaciones de los estados venezolanos de Táchira, Zulia y el departamento colombiano del Norte de Santander. Su principal objeción por parte de algunos sectores es el temor por legitimación de grupos armados y narcotráfico en la zona.

De acuerdo al memorando, la alianza se enmarca dentro de las normas legales de cada uno de los Estados y salvaguarda la soberanía de ambos países, además de no poseer efectos vinculantes. El mismo tendrá vigencia de cinco años a partir de su entrada en vigor y se prorrogará automáticamente por períodos iguales, a menos que cualquiera de las partes notifique por escrito dar por terminados los efectos.

En relación al demandante, identificado como David Jacobo Gómez Zamora, no se encontró mayor información sobre sus lineamientos políticos o trayectoria académica o profesional. Un perfil de X, inactivo desde 2021, identificado con su nombre completo y el usuario @DavidJacoboGme1, lo describe como estudiante de Derecho de la Universidad Externado de Colombia. 

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