El caso de Víctor Hugo Quero: 16 meses de búsqueda, 9 meses de silencio y una muerte bajo custodia

Las contradicciones en las fechas oficiales, la falta de notificación a su madre y la actuación tardía de las instituciones motivaron la apertura de una investigación, mientras organizaciones civiles exigen una pesquisa independiente y responsabilidades claras. / Imagen: Elizabeth Sanchez Vegas (X/ @elhabito).

Guacamaya, 08 de mayo de 2026. Víctor Hugo Quero Navas, un comerciante de 51 años, murió el 24 de julio de 2025 bajo custodia del Estado venezolano, pero su madre, Carmen Teresa Navas, de 82 años, no lo supo hasta nueve meses después, cuando el Ministerio para el Servicio Penitenciario confirmó oficialmente su fallecimiento. Ahora los restos de Víctor Hugo presuntamente yacen en una tumba del Cementerio Memorial de La Vega.

Frente a esto, el Ministerio Público ordenó una investigación penal con exhumación del cadáver para esclarecer los hechos. Aún así, para la señora Carmen no podría borrarse facilmente el hecho de conocer de forma extemporánea la muerte de un hijo sin explicaciones, sin responsabilidades y con un silencio institucional tan extendido que incluso puede doler más que la muerte misma. 

El caso Quero Navas ha sido documentado por organizaciones de derechos humanos como parte de un patrón más amplio. Según el Observatorio Venezolano de Prisiones al menos 26 personas han muerto bajo custodia estatal en la última década, y 22 presos políticos han fallecido desde 2015. Al 30 de abril de 2026, Foro Penal contabilizaba 454 presos políticos, de los cuales 2 estaban desaparecidos, entre ellos Víctor Hugo Quero Navas.

Un comerciante que se convirtió en preso 

Víctor Hugo Quero Navas, de 51 años, era un comerciante residente en Caracas. No tenía actividad política visible, así como tampoco figuraba ningún registro mediático previo a su detención. Su única “falta”, según las fuentes del caso, habría sido haber prestado servicio militar en 2023, lo que pudo ser el detonante técnico para ser señalado de delitos de “traición a la patria, conspiración y terrorismo”.

Su madre, Carmen Teresa Navas, de 82 años, lo describía, en declaraciones brindadas a medios internacionales, como su único apoyo económico para medicinas, gastos y condominio. No era un activista, así como tampoco era un opositor visible. Solo era un venezolano de clase media que cayó bajo sospecha del aparato de inteligencia militar.

Su detención se efectuó el 3 de enero de 2025, en Caracas, cerca de la sede de la Vicepresidencia de la República, por funcionarios identificados como miembros de la Dirección General de la Contrainteligencia Militar (Dgcim). Según la versión de su madre, los agentes lo llevaron sin orden judicial. Lo recluyeron inicialmente en la sede del organismo en Boleíta y luego en el Internado Judicial Rodeo I, centro de reclusión objeto de denuncias por aislamiento prolongado, falta de atención médica y malos tratos.

Desde ese momento, Carmen Navas comenzó gestiones ante el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo buscando información sobre su hijo, sin recibir respuestas pertinentes. La búsqueda había sido intensificada durante los últimos 4 meses, en el marco de de Ley de Amnistía aprobado en febrero de 2026. En el plazo exigió incansablemente una fe de vida, aunque también sin recibir respuesta pertinente.

La versión oficial de la muerte

De acuerdo al comunicado del Ministerio para el Servicio Penitenciario, de este 7 de mayo, se informó que Víctor Hugo Quero Navas había muerto el 24 de julio de 2025 a las 11:25 PM en el Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo. La causa de muerte fue “insuficiencia respiratoria aguda secundaria a tromboembolismo pulmonar” a raíz de una “hemorragia digestiva superrior”, por la cual recibió atención durante 10 días.

El comunicado afirmaba que durante su reclusión el ciudadano no suministró datos sobre vínculos filiatorios y ningún familiar se presentó a solicitar visita formal. Por esa razón, alegaron que ante la ausencia de familiares no se pudo notificar el fallecimiento y procedieron a la inhumación formal el 30 de julio de 2025 en cumplimiento de “protocolos de ley”. 

Pese a los argumentos del órgano Ejecutivo, Carmen Navas realizó gestiones desde enero de 2025 ante diversos organismos del Estado. Más recientemente, en marzo de 2026, nueve meses después de la fecha del fallecimiento, acudió al Ministerio de Asuntos Penitenciarios para preguntar por su hijo y recibió como respuesta que no sabían de su caso.

No obstante, uno de los hechos más relevantes data del 24 de octubre de 2025, cuando la Defensoría del Pueblo, a través de la Defensora III de la Unidad de Investigación, Mediación y Conciliación emitió un acta de comparecencia donde constaba que, para la fecha, Quero se encontraba vivo y recluido en el Rodeo I, justo tres meses después de la fecha posteriormente anunciada como su deceso.

Otro detalle de importancia es que la placa de la tumba en el Cementerio Memorial de La Vega, registra fecha de fallecimiento el 27 de julio de 2025, tres días después de la fecha oficial expresada en el comunicado del Ministerio del Servicio Penitenciario. Estas contradicciones despertaron el escepticismo de organizaciones de derechos humanos.

La investigación abierta

Horas después del comunicado del Ministerio del Servicio Penitenciario, el Ministerio Público anunció el inicio de una investigación penal, asignada a la Fiscalía 80 Nacional con competencia en protección de Derechos Humanos. Al mismo tiempo, ordenó la exhumación del cadáver con equipo forense de la Dirección General de Apoyo a la Investigación Penal, la cual se ha hecho efectiva este viernes 8 de mayo.

Previamente, la Defensoría del Pueblo fue una de las primeras instituciones en emitir un pronunciamiento público, al solicitar una investigación “exhaustiva, independiente y transparente”. El 3 de mayo de 2026, la nueva titular, Eglée González Lobato, recibió en su despacho a la madre de Víctor Quero, y se había comprometido a activar los mecanismos institucionales para dar respuestas al caso.

Es válido destacar que, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y el artículo 123 del Código Orgánico Procesal Penal la Defensoría también cuenta con las facultades para iniciar investigaciones de oficio, interponer acciones judiciales y actuar frente a cualquier jurisdicción en casos de violación de derechos humanos.

Las organizaciones de derechos humanos, por su parte, exigen que la investigación sea independiente. Justicia, Encuentro y Perdón comunicó que la investigación no puede quedar bajo control de las mismas instituciones estatales responsables de la custodia de la víctima. Solicitan se aplique el Protocolo de Minnesota sobre Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas.

A su vez, el Comité por la Libertad de los Presos Políticos (Clippve) exige que la autopsia sea practicada por especialistas independientes con resguardo de cadena de custodia y acceso de representación legal y familiares a toda la documentación pertinente. También piden determinar responsabilidades individuales de funcionarios que por acción u omisión estuvieron vinculados con el caso.

Provea, por su parte, exigió al fiscal general Larry Devoe el inicio de oficio investigación para “establecer la verdad de los hechos y determinar responsabilidades”. Dijo que debe investigarse al actual ministro para el Servicio Penitenciario, Julio García Zerpa; al exfiscal general,Tarek William Saab y al exdefensor del Pueblo, Alfredo Ruiz; así como a autoridades de El Rodeo.

Por otro lado, tras posar una ofrenda floral sobre el supuesto lugar de entierro de Víctor Hugo, la madre de 81 años solicitó una prueba de ADN para confirmar la identidad de los restos, según información de AFP. En la tarde del jueves, funcionarios del Ministerio de Servicios Penitenciarios la habían llevado hasta el Parque Memorial Jardín La Puerta en La Vega, donde habría sido el sepulcro.

Reacciones de la dirigencia política

El Grupo Parlamentario Libertad calificó el suceso como un hecho de “crueldad institucional” que debe ser erradicada, tras señalar una grave vulneración de los derechos humanos y del debido proceso en Venezuela. A través de un comunicado, aseguró que el Estado “falló doblemente”, al no garantizar la integridad física de un ciudadano bajo su custodia y someter a sus familiares a una búsqueda por meses.

Resaltaron también declaraciones individuales de parlamentarios de la citada fracción legislativa opositora. Por un lado, el diputado Henrique Capriles señaló que la muerte no puede quedar impune y que deben cesar “estas atrocidades” en el país. Mientras tanto, el diputado Antonio Ecarri , calificó el hecho como “un horror inexplicable que debe ser objeto de una investigación abierta y transparente”.

Por su parte, los dirigentes en el exilio también se pronunciaron. El excandidato presidencial, Edmundo González Urrutia, cuestionó que el Ejecutivo calificara como “cumplimiento de protocolos” el desenlace del hecho. Mientras que, María Corina Machado, instó a la comunidad internacional a poner los ojos sobre Venezuela ante lo que subrayo como una “tragedia” y “horror sistemático” contra la nación.

Las acciones previas

El 18 de abril de 2026, casi tres semanas antes de que el Estado confirmara la muerte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adoptó la Resolución 27/2026 y otorgó medidas cautelares a favor de Víctor Hugo Quero Navas y su madre. La CIDH advirtió riesgo inminente para la vida del detenido debido a la falta de información sobre su ubicación, situación jurídica y estado de salud.

Sin embargo, el 6 de mayo de 2026, un día antes de que el Estado confirmara la muerte, el Tribunal Segundo de Control rechazó una solicitud de amnistía para Víctor Quero Navas. La instancia judicial consideró que los delitos de “traición a la patria, conspiración y terrorismo” no encajaban dentro de los supuestos de la Ley de Amnistía impulsada por el gobierno desde inicios de año.

Moisés Gutiérrez, abogado de Quero Navas integrado a la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia y solicitante de las medidas cautelares ante la CIDH, calificó el fallo judicial venezolano como un nuevo obstáculo. Con la muerte confirmada, la exclusión de amnistía pierde relevancia práctica, pero plantea con más fuerza interrogantes sobre el proceso judicial venezolano.

Un patrón objeto de reflexión

El 7 de mayo de 2026 Carmen Teresa Navas recibió la noticia que no quería escuchar pero que temía desde hacía 16 meses: su hijo Víctor Hugo Quero Naas había muerto bajo custodia del Estado, y desde hace meses. La madre de 82 años pudo ver por primera vez la tumba donde yacen los restos de su hijo, en un escenario de incosistencias que deja más dudas que cerrtezas.

El caso Quero Navas encaja en un patrón repetitivo que organizaciones de derechos humanos han documentado en otros casos de presos políticos en Venezuela. La etapa inicial es detención arbitraria sin orden judicial, generalmente por conflictos personales o cargos graves sin sustento, seguida de una incomunicación total en la que la familia no recibe respuesta durante meses.

El hecho pone en evidencia las debilidades institucionales de Venezuela. Las mismas instituciones que debieron proteger a Quero son las mismas que ahora deben investigar su muerte. Los nuevos titulares del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, enfrentan su primer gran reto de alcanzar verdad, justicia y reparación en favor de la convivencia y paz tan promulgada en el nuevo momento político.

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