La joven Asamblea Nacional, juramentada apenas el 5 de enero 2026, está en proceso de discutir un segundo borrador de la Reforma de la Ley de Hidrocarburos, que incluye una gran apertura petrolera y rebaja fiscal con pocos precedentes. Fotografía: Asamblea Nacional.
Guacamaya, 29 de enero de 2026. La Asamblea Nacional está en proceso de discutir un segundo borrador de la Reforma de la Ley de Hidrocarburos, que incluye cambios fundamentales. Principalmente, se están rebajando y eximiendo varios impuestos y regalías a un nivel de magnitud por encima de la reforma propuesta en el primer borrador.
La primera propuesta se basó en ratificar los esquemas de producción que empezaron a usarse tras la aprobación de la Ley Antibloqueo: el Contrato de Participación Productiva (CPP), un tipo de acuerdo de producción compartida, y el llamado coloquialmente “Modelo Chevron”, empleado en las empresas mixtas.
El primer borrador también ofrecía mayor discrecionalidad para el Ejecutivo, para rebajar impuestos y para dejar de requerir que las empresas mixtas sean aprobadas por la Asamblea Nacional.
Probablemente, esta nueva versión de la reforma refleje las exigencias del gobierno de Estados Unidos, tras que varios ejecutivos petroleros pidieron al presidente Donald Trump mejores condiciones para la inversión.
La propuesta más reciente no sólo otorga mayor control a las empresas productoras de petróleo, sino que les ofrece una tasa impositiva mínima. La regalía y algunos impuestos pasan a tener únicamente un límite máximo, que puede reducirse a discreción del Ministerio de Hidrocarburos.
El significado de esta reforma es que la inversión en el petróleo venezolano será mucho más atractiva, pero estará gravada por tasas impositivas mucho más bajas, por lo que el Estado podría recibir menos ingresos si no logra grandes flujos de capital.
La regalía por la producción petrolera tendrá, tras la aprobación de la Reforma, sólo un límite superior del 30%. Esta tasa podrá reducirse a discreción del Ejecutivo, teniendo en cuenta criterios ambiguos como “la naturaleza del proyecto, los requerimientos de inversiones de capital, la economicidad del proyecto, y la necesidad de asegurar la competitividad internacional”.
Anteriormente, se propuso rebajar la regalía hasta un 20% para contratos como el CPP o un 15% para las empresas mixtas, si se considerase que no sería rentable una tasa del 30%, por ejemplo, si los campos petroleros fuesen más maduros.
Se elimina el impuesto por extracción de un tercio—aunque este ya deducía la regalía—y existirá un “Impuesto Integrado de Hidrocarburos” de hasta un 15%, de nuevo sin límite inferior. Este impuesto puede ser exigido en especie o en dinero, total o parcialmente.
Al contar con el impuesto “integrado” se eximen varios impuestos y contribuciones:
- Impuesto a los Grandes Patrimonios.
- Contribución especial de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Contribución especial de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física.
- Contribución especial de la Ley Orgánica de Drogas.
- Contribución especial de la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloqueo Imperialista.
- Compromiso de responsabilidad social establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas.
- Impuestos estadales y municipales.
Se deroga también la ley conocida como “CEPEYE” que grava un impuesto adicional sobre “precios extraordinarios y precios exorbitantes” del barril de petróleo.
Así como en el primer borrador, se mantiene el derecho de las empresas petroleras para controlar la comercialización de petróleo y las operaciones de extracción, incluyendo la contratación de bienes y servicios.







